lunes, 1 de marzo de 2010

PERCEPCIONES

Aguinaldo


Aguinaldo es un pago especial que se entrega a los trabajadores asalariados, constituyendo un salario más a las doce mensualidades. Este pago puede ser monetario o en especies, de forma única, y por simple pacto entre el beneficiario y el beneficiado. Aunque no es parte de la ley en la mayoría de los países, se acostumbra a darse un aguinaldo para la fiesta católica de Navidad o las Fiestas Patrias.
En México, la Ley Federal del trabajo en su Artículo 87 establece que el aguinaldo mínimo será el equivalente de 15 días de sueldo base y que deberá cubrirse antes del 20 de diciembre de cada año.También establece que los trabajadores que por cualquier motivo no laboren durante todo el año, tendrán derecho al pago de la parte proporcional del aguinaldo conforme al tiempo trabajado, aunque no establece si este tiempo debe computarse por días, semanas o meses completos.

Por disposición expresa del artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, el aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre, ello significa que el 19 de diciembre de cada año será la fecha límite para otorgar esta prestación a los trabajadores.
Cuando los trabajadores perciben salario mixto: Se presenta por las características de la actividad que desempeñan sus ingresos se ven modificados invariablemente por percepciones que no pueden ser previamente conocidas, tales como destajos, comisiones, etcétera. Para estos trabajadores, la base para calcular el aguinaldo será la cuota diaria del salario fijo percibido en el momento del pago de la prestación, más:

  • El promedio anual de variables, si se trata de agentes de comercio, de seguros o propagandistas.
  • El promedio de percepciones variables de los últimos 30 días efectivamente trabajados, anteriores al nacimiento del derecho.

Ejemplo: Puede darse el caso que en el periodo indicado no trabaje todos los meses; entonces se suman todos los salarios devengados y el total se divide entre 12. El resultado será el aguinaldo proporcional a que tiene derecho.Andrea trabajó del 1º de abril del 2007 a noviembre del 2007, su salario de abril a junio fue de ¢160.000,00 por mes; luego su salario aumento a ¢180.000,00 por mes, de julio a noviembre.
ABRIL A JUNIO (¢160.000,00 x 3) ¢480.000,00 +
JULIO A NOVIEMBRE (¢180.000,00 x 5) ¢900.000,00 =
TOTAL ¢1.380.000,00
Ese total se divide entre 12. Por lo cual el aguinaldo proporcional a pagar será de ¢115.000,00.

Vacaciones

Las vacaciones (o vacación), es un término usado para denominar los días dentro de un año en que personas que trabajan o estudian toman un descanso total o el receso de su actividad en un periodo de tiempo, exceptuando feriados denominado por fiestas nacionales, tales como navidad o días representativos de una nación como la celebración de su independencia. Existe principalmente para prevenir estrés u otras patologías, además de según el criterio del estado o gobierno local, para incrementar la productividad en el resto del año. Existen generalmente dos tipos de vacaciones, las vacaciones de un trabajador o estudiante que le corresponden legalmente, como las vacaciones que se autogestiona una persona por un tiempo más prolongado de tiempo, llamado año sabático.

De acuerdo a la Ley Federal de Trabajo se hace énfasis a los artículos que se relacionan con este tema, los cuales se muestran a continuación:

“Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutaran de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentara en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios. Después del cuarto año, el periodo de vacaciones aumentara en dos días por cada cinco de servicios” (Articulo 76, LFT)
Los trabajadores que presten servicios discontinuos y los de temporada tendrán derecho a un periodo anual de vacaciones, en proporción al número de días de trabajos en el año (Articulo 77, LFT)
Los trabajadores deberán disfrutar en forma continua seis días de vacaciones, por lo menos. (Artículo 78, LFT)
Las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. Los patrones entregaran anualmente a sus trabajadores una constancia que contenga su antigüedad y de acuerdo con ella el periodo de vacaciones que les corresponda y la fecha en que deberán disfrutarlo. (Articulo 81 LFT)




Ejemplo: LIQUIDACIÓN DE VACACIONES VACACIONES

Con respecto a los días trabajados.
Se toma el importe del sueldo Básico + Ant.+Presernt. y se divide por 30 días, el resultado obtenido se multiplicará por la cantidad de los días trabajados.-

Ejemplo:
S.Basico+Ant.+Present = 1 día de vacaciones
25 1 día de vacaciones x (total de días de vacaciones) = Cobro de vacaciones



Prima vacacional

Son los Derecho de los trabajadores al servicio del estado a percibir un pago con base en un porcentaje sobre el sueldo presupuestario que les corresponda, durante el periodo de vacaciones.

Los trabajadores tienen derecho a una prima vacacional no menor de 25% sobre salarios que les correspondan durante el período de vacaciones. En muchas empresas existe como prestación mayor número de días de prima vacacional y puede ser diferente para diferentes grupos de empleados. Cuando un trabajador deja el empleo se le debe pagar en ese momento sus vacaciones y prima vacacional pendientes de pago y sus vacaciones y prima vacacional proporcionales.Percepciones por concepto de Prima de vacaciones:
El período de pago o la frecuencia es de acuerdo a convenio laboral.
1.- Mínimo 25% de la percepción por vacaciones.
2.- Deducciones por concepto de Prima de vacaciones:
3.- Crédito INFONAVIT.
4.- Crédito FONACOT.
5.- ISPT.
6.- IMSS.
7.- Pensión alimenticia.



EJEMPLO: Determinación del salario fijo, con elementos previamente conocidos. Salario quincenal $ 900.00 Años de servicio 1 año Vacaciones 6 días Prima vacacional 25 % Aguinaldo 15 días
PROCEDIMIENTO
PERCEPCION
PERIODO
DESARROLLO
IMP.
CUOTA DIARIA =
Salario quincenal / 15 =
900 / 15 =
60.00
PRIMA VACAC. =
Salario x días vac. x 25% / 365 =
60 x 6 x 25% / 365 =
0.25
AGUINALDO =
Salario x 15días / 365 =
60 x 15 / 365 = SBC de sal. fijos
2.46 62.71

· Como puede observarse el salario fijo se va a formar de todos aquellos elementos que sonpreviamente conocidos por el patrón y el trabajador, y por lo tanto sabemos cuánto va a percibir en todo el año.

SALARIO VARIABLE : Es aquel que se encuentra integrado por un elemento o conjunto de elementos, cuyo monto no se puede conocer predeterminadamente con toda exactitud, dependiendo de la realización de acontecimientos futuros de realización cierta.

EJEMPLO: Determinación del salario variable. Salario variable del mes anterior $ 900.00 Años de servicio 1 año Vacaciones 6 días Prima vacacional 25 % Aguinaldo 15 días Días de salario devengado mes anterior 31 días
PROCEDIMIENTO
PERCEPCION
PERIODO
DESARROLLO
IMP.
CUOTA DIARIA =
Ingresos mes inm.anterior /días salario deveng. en el mes anter =
900 / 31 =
29.03
PRIMA VACAC. =
Salario x días vac. x 25% / 365 =
29.03 x 6 x 25% / 365 =
0.12
AGUINALDO =
Salario x 15día / 365 =
29.03 x 15 / 365 = SBC de sal.variable
1.19 30.34
En el caso del salario variable no sabemos cuánto va a percibir el trabajador en todo el año, porque puede ser que en otro mes gane el doble o más de lo que ganó en este mes, por lo tanto solo sabemos cuánto en exactitud le corresponde de prima vacacional y de aguinaldo, por lo que su salario es variable; es decir, está integrada por elementos que no sabemos si se van a obtener o no en el mes siguiente.


Finiquito


El finiquito es un documento en el que, tras la extinción de una relación laboral, sirve para acreditar que se ha puesto a disposición del trabajador las cantidades que se le adeudan. El recibo de saldo y finiquito es la prueba más concluyente, aunque no única, de que el contrato se ha extinguido si en él se hace constar que ambas partes acuerdan poner fin a la relación laboral. El contrato de trabajo se extinguirá por mutuo acuerdo de las partes. Según la jurisprudencia bastará con que exista consentimiento no viciado de las partes en cualquier forma exteriorizado.Conceptos a incluir en el recibo de saldo y finiquito.
El finiquito deberá incluir todas aquellas remuneraciones devengadas por el trabajador y todavía no percibidas y, en su caso, puede incluir también la correspondiente indemnización, como son:
Los salarios del último periodo.
La parte proporcional de las gratificaciones extraordinarias pendientes de vencimiento.
Las vacaciones no disfrutadas.
Las cantidades correspondientes a conceptos que habitualmente se abonan con retraso por requerir cálculos que no pueden hacerse anticipadamente, como son las primas de productividad o las horas extraordinarias.
Y todas las cantidades pendientes de pago por cualquier motivo.

Ejemplo Finiquito

Marisa Pérez fue despedida el día 2 de octubre de 2000, tras ocupar dos años su puesto de vigilante de seguridad en una industria. Por contrato, cobraba un salario base de 480,81 euros, un plus de nocturnidad de 42 euros y dos pagas extras de 480,81 euros cada una. Había disfrutado ya de cinco días de vacaciones.
Cálculo del salario del último mes inacabado
Primero, hay que saber cuál es el salario del mes en el que se produce el despido. El salario mensual de Marisa es de 522,81 euros (salario base + plus de nocturnidad).
Si lo dividimos entre 30, hallamos el salario diario, 17,43 euros. Como tan sólo trabajó dos días del mes de octubre, el sueldo que le corresponde es de 34,86 euros.
Cálculo de las vacaciones pendientes
Traducir los días de vacaciones en dinero es otra de las operaciones a realizar.
Si el 2 de octubre de 2000 fue su última jornada laboral, llevaba 272 días (30 X 9 + 2) trabajados ese año.
Para saber cuántos días de vacaciones le corresponden hay que formular una regla de tres. Salvo condiciones especiales recogidas en convenio, se asignan 30 días de vacaciones por año trabajado: en 360 jornadas de trabajo me corresponden 30 días, luego en 272 jornadas de trabajo me corresponderán x días de vacaciones.
Por tanto 8160 días (272 X 30) dividido por 360 días del año, arroja el resultado final: 23 días de vacaciones. Como Marisa se había tomado cinco días de vacaciones, le quedan 18: 18 días X 17,43 euros por día = 313,74 euros.
Cálculo de pagas extras
Finalmente hay que tener en cuenta las últimas pagas extras que cobró. La primera la recibió el 1 de enero de 2000 y, la segunda, el 1 de julio de 2000.
Para hallar el cálculo de la paga de Navidad, hay que volver a hacer una regla de tres, teniendo en cuenta los días que han pasado desde que se cobró. Si en 360 días cobró 480,81 euros, en 272 cobrará x euros.
Es decir, 130.780,23 euros (480,81 x 272) dividido entre 360= 363,28 euros. En la segunda paga extra, la de verano, el resultado sería: si en 360 días cobró 480,81 euros, en 92 días cobrará x euros, es decir, 4.423,89 (480,81 x 92) dividido entre 360 = 122,87 euros. Las dos pagas extras suman: 363,28 + 122,87= 486,15 euros.
Resultado final
El finiquito, finalmente, queda de la siguiente manera: salario del último mes + vacaciones + pagas extras = 34,86 + 313,74 + 486,15 = 834,75 euros.

4 comentarios:

  1. hola ana
    es importante considerar cada uno de los puntos a tratar ya que se tienen que conocer en una empresa como cada uno de estos puntos se tiene que calcular en la empresa para caa uno de sus trabajadores

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  2. hola anali

    yo creo que es importante conocer acerca de estas prestaciones que le otorgan al trabajador , ya que como futuros administradores nos va a servir para no cometer errores en el futuro, pero tambien es indispensable que los porpios trabajadores la conozcan y sepan que derechos tienen obre ellas
    pero ha que considerar que estas pueden carian dependiendo de las organizaciones

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  3. Hola analine.

    Es importante que como futuros administradores consideremos todos estos aspectos para la vida laboral ya qe nos van a ayudar para realiar un buen trabajo y sobre todo disminuir los errores, dentro de una organización

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  4. hola Analine
    lo que propones esta muy bien ya que si cada uno de nosotros segumos las reglas y los parametros que nos marcan las leyes estaremos cumpliendo con las mismas ademas de que nos servira para encaminar mejor a la organizacion, ademas de que dar a los trabajadores lo minimo que establecen las leyes.

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